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Reguladora

Guía y calculadora

Incapacidad permanente: cuánto se cobra y qué plazos tienes

Elaborado por Estela Martínez (no es jurista) Cifras del BOE consolidado a Comprobado por última vez: Cómo se comprueba

La incapacidad permanente es la prestación de la Seguridad Social para quien queda con secuelas graves y previsiblemente definitivas que reducen o anulan su capacidad de trabajar (LGSS, art. 193). Aquí calculas la pensión, ves los plazos del INSS y descargas los modelos de escrito. Cada importe lleva su norma, su artículo y la fecha del texto consolidado del BOE del que sale; la LGSS, a 05/10/2026.

Cada cifra sale del texto consolidado del BOE, y te enseña de dónde.

Por qué puedes fiarte de estas cifras

Ningún dato de esta web se escribe de memoria ni se copia de otra página: se extrae por programa del texto consolidado del BOE y se publica con su norma, su artículo y su fecha al lado. Lo que no se puede comprobar en la fuente se marca como pendiente y no se usa.

Cómo se verifica cada dato →

  • 129 cifras verificadas contra el BOE
  • 14 normas citadas, con enlace al texto consolidado
  • La calculadora no envía tus datos a ningún sitio: todo se calcula en tu navegador
Datos de esta página6 datos, cada uno con su norma, su artículo y la fecha del texto del BOE
Datos que usa esta página y de dónde salen
DatoValorNorma y artículoTexto del BOE a
Pensión de la incapacidad total, sobre la base reguladora55 %Orden de 15 de abril de 1969, art. 15.2
Incremento de la total cualificada20 %Decreto 1646/1972, art. sexto.Tres
Pensión de la incapacidad absoluta, sobre la base reguladora100 %Orden de 15 de abril de 1969, art. 17
Plazo para presentar la reclamación previa30 díasLey 36/2011, art. 71.2
Plazo de la persona trabajadora para comunicar que quiere seguir en la empresa10 días naturalesLey del Estatuto de los Trabajadores, art. 49.1.n
Plazo del INSS para responder a la reclamación previa45 díasLey 36/2011, art. 71.5